El Tribunal Supremo de Madrid declara que la prestación recibida de la Seguridad Social durante la baja por Maternidad no tributa por IRPF en contra del criterio de la Agencia Tributaria.
El Tribunal Supremo de Madrid declara que la prestación recibida de la Seguridad Social durante la baja por Maternidad no tributa por IRPF en contra del criterio de la Agencia Tributaria.